Acuerdo de Confidencialidad para Clientes
Este Acuerdo de Confidencialidad (en adelante, el "Acuerdo") se celebra el día de su aceptación entre Impletech, una sociedad constituida bajo las leyes de México, con domicilio en Laja 124 Col. Jardines del Moral, C.P. 37160, León Guanajuato, México; (en adelante, "Impletech"), y el Cliente, una persona física o jurídica identificada con sus datos en este formulario y en el Anexo 1 de este Acuerdo, que actúa en su propio nombre o en representación de una entidad (en adelante, la "Parte Reveladora").
Las partes acuerdan lo siguiente:
1. Definiciones
Información Confidencial: Se entenderá por Información Confidencial toda aquella información no pública, de carácter técnico, comercial o financiero, que la Parte Reveladora revele a Impletech, ya sea de forma oral, escrita, gráfica, electrónica o por cualquier otro medio, con motivo de la ejecución de un proyecto específico acordado entre las partes (en adelante, el "Proyecto"). La Información Confidencial incluye, sin limitación, ideas, estrategias, diseños, datos, documentos, programas, códigos, algoritmos, metodologías, know-how, procesos, productos, servicios, clientes, proveedores, precios, costos, ingresos, beneficios y cualquier otra información relacionada con el negocio, la actividad o los intereses de la Parte Reveladora.
Exclusiones: No se considerará Información Confidencial aquella información que: (a) sea de dominio público o se haga de dominio público sin que medie una violación de este Acuerdo; (b) haya sido desarrollada de forma independiente por Impletech sin utilizar o referirse a la Información Confidencial; (c) haya sido obtenida legalmente por Impletech de un tercero que no esté sujeto a una obligación de confidencialidad con la Parte Reveladora; o (d) haya sido divulgada por la Parte Reveladora con su consentimiento expreso y por escrito.
2. Obligaciones de Impletech
Impletech se compromete a: (a) mantener la confidencialidad de la Información Confidencial y no revelarla a ninguna persona o entidad sin el previo consentimiento por escrito de la Parte Reveladora; (b) usar la Información Confidencial únicamente para los fines del Proyecto y no para su propio beneficio o el de terceros; (c) limitar el acceso a la Información Confidencial a aquellos empleados, contratistas, asesores o colaboradores de Impletech que necesiten conocerla para el desarrollo del Proyecto y que hayan aceptado por escrito las obligaciones de confidencialidad establecidas en este Acuerdo; y (d) implementar medidas de seguridad razonables para proteger la Información Confidencial de cualquier pérdida, uso indebido, acceso no autorizado, divulgación, alteración o destrucción.
Impletech no realizará ninguna copia, reproducción, transmisión, distribución, modificación, adaptación, traducción, ingeniería inversa, descompilación o desensamblaje de la Información Confidencial, salvo que sea necesario para el cumplimiento del Proyecto y con el consentimiento previo y por escrito de la Parte Reveladora.
Impletech no registrará, solicitará, reclamará ni hará valer ningún derecho de propiedad intelectual o industrial sobre la Información Confidencial o cualquier parte de la misma. Impletech reconoce y acepta que la Parte Reveladora es y seguirá siendo la única y exclusiva titular de todos los derechos, títulos e intereses sobre la Información Confidencial y que este Acuerdo no le otorga a Impletech ningún derecho, licencia o autorización sobre la misma, salvo los expresamente establecidos en este Acuerdo.
3. Devolución/Destrucción
Al finalizar el Proyecto o cuando la Parte Reveladora lo solicite, Impletech devolverá o destruirá, a elección de la Parte Reveladora, toda la Información Confidencial que tenga en su poder o bajo su control, incluyendo cualquier copia, reproducción, registro o soporte que la contenga. Impletech certificará por escrito a la Parte Reveladora la devolución o destrucción de la Información Confidencial dentro de los 10 días siguientes a la finalización del Proyecto o a la solicitud de la Parte Reveladora.
Impletech podrá conservar una copia de la Información Confidencial en la medida en que sea requerido por la ley o por una norma aplicable, siempre y cuando mantenga la confidencialidad de la misma y la use únicamente para cumplir con dicha obligación legal o normativa.
4. Excepciones
Impletech podrá divulgar la Información Confidencial cuando sea requerido por una autoridad competente, una ley, un reglamento, una orden judicial o administrativa, o un proceso legal, siempre y cuando: (a) notifique a la Parte Reveladora de forma inmediata y por escrito sobre dicho requerimiento o proceso; (b) coopere con la Parte Reveladora, a su costa, para obtener una medida cautelar, una orden de protección o cualquier otro recurso legal que limite o impida la divulgación de la Información Confidencial; y (c) divulgue únicamente la parte de la Información Confidencial que sea estrictamente necesaria para cumplir con dicho requerimiento o proceso.
5. Duración
Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de 3 años tras la finalización del Proyecto, salvo que las partes acuerden por escrito una prórroga o una terminación anticipada del mismo.
6. Jurisdicción
Este Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de México, sin tener en cuenta sus principios de conflicto de leyes.
Cualquier controversia, reclamación o disputa que surja o se relacione con este Acuerdo o su incumplimiento, terminación o invalidez, será sometida a la jurisdicción exclusiva de los tribunales competentes de León, Guanajuato, y las partes se someten irrevocablemente a dicha jurisdicción.
7. Indemnización
Impletech indemnizará y mantendrá indemne a la Parte Reveladora de cualquier daño, pérdida, responsabilidad, costo o gasto, incluyendo honorarios razonables de abogados, que resulten de cualquier incumplimiento de este Acuerdo por parte de Impletech o de cualquier persona a la que Impletech haya revelado la Información Confidencial.
8. No competencia
Impletech se abstendrá de participar, directa o indirectamente, en cualquier actividad que compita o pueda competir con el negocio, la actividad o los intereses de la Parte Reveladora, durante la vigencia de este Acuerdo y por un período de 1 año tras su terminación.
9. No solicitación
Impletech se abstendrá de solicitar, contratar, inducir o intentar inducir a cualquier empleado, contratista, proveedor, cliente o socio de la Parte Reveladora a dejar de trabajar o colaborar con la Parte Reveladora, o a establecer una relación comercial o profesional con Impletech o con cualquier tercero que compita o pueda competir con la Parte Reveladora, durante la vigencia de este Acuerdo y por un período de 6 meses tras su terminación.